Las personas desde los 6 años en adelante tendrán que llevar mascarilla obligatoria a partir del jueves 21 de mayo, según la Orden SND/422/2020 que publica el BOE este miércoles 20.
El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.
Se entenderá cumplida la obligación a que se refiere el apartado anterior mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca
Esta obligación no será exigible a:
- Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
- Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
- Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
- Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Esta orden surtirá plenos efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.