Membrilla incluida en la Ordenanza reguladora de vertidos de aguas residuales de Manzanares aprobada en su último pleno

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La portavoz del equipo de gobierno, Beatriz Labian señala que tras un intenso y exhaustivo trabajo realizado para reconducir la terrible situación en materia de vertidos que dejó el anterior equipo de gobierno del PP con dos sanciones que sumaban más de 300.000 euros, y con la amenaza de una tercera sanción, el pleno del ayuntamiento manzanareño aprobó la ordenanza reguladora de vertidos de aguas residuales en la localidad, con el fin de establecer las bases para que en el futuro no se tenga que volver a se expedientados por la CHG por la dejadez y permisividad del ayuntamiento a la hora de controlar los vertidos.

La ordenanza permitirá establecer un control exhaustivo de todos los vertidos que se realicen en Manzanares, tanto al sistema integral de saneamiento como al dominio público hidráulico, obligando a los diferentes usuarios a que controlen sus vertidos de forma continua y exhaustiva. De este modo quedan sometidos al cumplimiento, todos los vertidos de aguas residuales o vertidos líquidos de naturaleza contaminante, ya sean evacuados a la red de saneamiento o almacenados en depósitos estancos para su posterior retirada por un gestor especializado y autorizado.

Esta ordenanza establece también las condiciones a la que ha de ajustarse la red, sus obras o instalaciones complementarias o sistemas de depuración entre otros, fijando las prescripciones técnicas a las que deben someterse los usuarios actuales y futuros de las infraestructuras de saneamiento y del medio hídrico receptor. Labián también quiso aclarar que se ha incluido en esta ordenanza a la localidad de Membrilla como usuario más dentro de una categoría especial, concretamente de “aglomeración urbana”, ya que en el ámbito de aplicación de la ordenanza, se habla de “todos los usuarios de nuestra red de vertidos”, no se habla de la depuradora ni de sus problemas, apostilla la concejal. Señalar que Membrilla utiliza nuestra red de saneamiento, por lo tanto es un usuario más y por eso se exige un control sobre sus vertidos.

Este punto fue aprobado por todos los grupo políticos, UPyD, IU, ACM, excepto el PP que se abstuvo, alegando que el reglamento les parecía bastante correcto y “espero que se pueda sacar algo adelante en condiciones”, aunque había que aclarar algunas cuestiones técnicas y aún teniendo la opinión de la Confederación, sería conveniente esperar a la consulta del gabinete especializado que está asesorando al ayuntamiento en el tema de vertidos.

La portavoz, quiso informar al pleno de las infracciones y sanciones de esta ordenanza, que se encasillaran en leves, graves y muy graves, y cuyas cuantías oscilaran entre 150 a 5.000 euros para las leves; entre 5.000 y 50.000 euros para las graves; y de 50.000 a 250.000 euros para las muy graves, además el infractor deberá reparar el daño causado. El control de los vertidos podrá realizarse gracias a la exigencia de instalación de arquetas para la toma de muestras, que deberán estar accesibles para que la recogida de muestras pueda realizarse de manera continua, sin previo aviso y sin demora, debiendo estar ubicadas en el último punto de vertido y donde pueda recoger todos los efluentes de la actividad.

Además para aquellos usuarios que generen aguas residuales que no se ajusten a la ordenanza, se les exigirá unidades de pretratamiento, si a pesar de esto siguieran sin poder verterse por no mantenerse dentro de los límites fijados, la empresa deberá solicitar la autorización para dispensa de vertidos, su almacenamiento y posterior gestión. Asimismo cuando exista una modificación en la actividad, deberán presentar una nueva solicitud de autorización de vertidos detallando cualquier cambio efectuado en el proceso de manufactura, así como cualquier circunstancia que sea susceptible de modificar la naturaleza, composición, volumen o régimen de descargas de sus vertidos.

Trámite administrativo

Tras su aprobación en el pleno del ayuntamiento de Manzanares y de conformidad con lo dispuesto reglamentariamente, el expediente de aprobación queda expuesto al público por plazo de treinta días hábiles, a contar desde la publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (realizado el 26 de febrero), para que pueda ser examinado en la Secretaría General por los interesados y formularse contra el mismo las reclamaciones y sugerencias que estimen pertinentes.

La citada aprobación se elevará a definitiva si durante indicado plazo no se presentasen reclamaciones.

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