El Ayuntamiento de Membrilla quedó constituido el pasado 13 de junio con la toma de posesión de la Corporación Municipal, formada por nueve concejales del Partido Popular y cuatro del Partido Socialista, y en la que resultó electo como alcalde Manuel Borja Menchén.
La sesión plenaria del Ayuntamiento estará formada por estos trece concejales. Será portavoz del Grupo Popular en el gobierno Carlos Martín de la Leona y suplente Alfonso José Ramírez. Será portavoz del Partido Socialista, en la oposición, Enrique Jiménez y suplente Inmaculada Cotillas. El Pleno del Ayuntamiento de Membrilla, por decisión del grupo en el gobierno, se reunirá cada dos meses, el último jueves no festivo del mes impar. La asignación por asistencia al pleno, para los concejales sin dedicación exclusiva, será de 70 euros.
Constituido el nuevo Ayuntamiento de Membrilla, con fecha 22 de junio de 2015 el alcalde Manuel Borja dictó los pertinentes decretos relativos a la nueva organización de gobierno municipal, que en términos generales queda formalizada así:
DELEGACIONES DE ALCALDÍA
- María Trinidad Alcaide Jiménez: Coordinadora de Áreas, Atención al Ciudadano, Personal y Empleo, Mantenimiento de Infraestructuras, Mujer, Agricultura y Medio Ambiente.
- Carlos Martín de la Leona Menchén: Obras Municipales, Comunicación y Agua y Alcantarillado.
- Gloria María Márquez Atochero: Juventud, Comercio, Consumo y Escuela Infantil.
- Blas Márquez Romero: Fiestas y Tradiciones.
- Alfonso José Ramírez Valero: Bienestar Social.
- Carmen Jiménez Villalta: Cultura y Educación.
- Pablo Díaz Aparicio: Deportes.
- María José Jiménez Bellón: Universidad Popular.
El alcalde tendrá una dedicación parcial del 90% y cobrará 2800 euros en 14 mensualidades. Trinidad Alcaide tendrá una dedicación exclusiva y cobrará 1700 euros mensuales. Los concejales Pablo Díaz y María José Jiménez tendrán una liberación parcial del 25% y cobrarán 425 euros mensuales.
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL Y TENIENTES DE ALCALDE
El alcalde procedió a la designación de los miembros de la Junta de Gobierno Local mediante Decreto. La Junta de Gobierno Local tendrá una periodicidad semanal. Celebró su sesión constitutiva el día 29 de junio de 2015, a las 20,00 horas.La asignación por cada asistencia a esta Junta, para concejales sin dedicación exclusiva, es de 120 euros.
Presidente: El Alcalde.
- Carlos Martín de la Leona Menchén.
- Blas Márquez Romero.
- Alfonso José Ramírez Valero.
- Carmen Jiménez Villalta.
Asímismo, resolvió nombrar TENIENTES DE ALCALDE a los siguientes concejales miembros de la Junta de Gobierno Local:
Primer Teniente de Alcalde: Carlos Martín de la Leona Menchén.
Segundo Teniente de Alcalde: Blas Márquez Romero.
Tercer Teniente de Alcalde: Alfonso José Ramírez Valero.
Cuarto Teniente de Alcalde: Carmen Jiménez Villalta.
La Junta de Gobierno Local ostenta competencias en materia de Recursos Humanos (Aprobación de la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el presupuesto; Relación de Puestos de Trabajo y plantilla determinados por el Pleno; Aprobación de las bases de las pruebas para la selección del personal; Nombrar y sancionar a todo el personal de la Corporación; La distribución mensual de las retribuciones por complemento de productividad y gratificaciones por servicios extraordinarios; Otorgamiento de anticipos y ayudas al personal).
En materia de Gestión Económica y Financiera: Autorización y disposición de gastos, devolución de garantías constituidas en metálico, aval y demás formas, aprobación de padrones fiscales y sus modificaciones, aprobación de bases y concesión o solicitud de subvenciones, liquidación del presupuesto del Ayuntamiento.
En materia de Urbanismo: Instrumentos de planeamiento y gestión urbanística y proyectos de urbanización, incoación y resolución de expedientes sancionadores por infracción urbanística, concesión o denegación de las licencias urbanísticas y declaración de ruina, resolver sobre solicitudes de utilización del dominio público municipal y autorizaciones de ocupaciones de vuelo, suelo y subsuelo.
En materia de Patrimonio: La adquisición de bienes y derechos o la enajenación del Patrimonio cuando corresponda a la Alcaldía, la concesión o arrendamiento de nichos y fosas en el Cementerio Municipal.
En materia de Contratación: todas las facultades que correspondan al órgano de contratación en los expedientes que sean competencia de la Alcaldía, la aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando corresponda su contratación o concesión a esta Alcaldía.
Procedimiento y régimen jurídico: la resolución de todos los recursos administrativos que se interpongan contra actos y acuerdos adoptados por la Alcaldía o por su delegación, la resolución (estimación o desestimación) de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial.
Otras competencias: Señalización de tráfico, adjudicaciones, prórrogas y bajas de casetas del Mercado Municipal, que resultaran vacantes en el concurso de adjudicación y cualquier otra que se asigne al municipio y no se atribuya a otro órgano municipal.