Considerando que el nombramiento de Juez de Paz de esta localidad cumple el día 10 de abril de 2012 y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el consistorio local ha hecho público en el Boletín Oficial de la provincia el anuncio por el que se convoca a las personas interesadas en ocupar este cargo. Dichas personas podrán presentar sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento en los quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de este anuncio en el BOP, conforme a las siguientes normas y requisitos:
1. Ser español.
2. Ser mayor de edad.
3. No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, siendo de aplicación el régimen de incompatibilidades de la Carrera Judicial, artículos 389 a 397 de la citada Ley. Si bien es posible compatibilizar el cargo con:
a) La dedicación a la docencia o a la investigación jurídica
b) El ejercicio de actividades profesionales o mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia, ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.
4. Comprometerse a prestar juramento ante el órgano o autoridad judicial competente.