El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este viernes una nueva orden de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se amplía el plazo de solicitud para arrancar viñedo con el fin de facilitar la presentación de las mismas a los viticultores, dado que el plazo establecido en el texto inicial de la orden coincidía con el período de vendimia en campo.
En virtud de esta modificación, los viticultores que pretendan arrancar una superficie de viñedo en Castilla-La Mancha deberán presentar una solicitud entre el 1 de agosto y el 15 de octubre de cada campaña.
Los solicitantes de arranque deberán tener inscrita la parcela a su nombre en Registro Vitícola. Además deberán acreditar su condición de viticultor o explotador efectivo de la parcela, para lo cual se considera que concurre tal circunstancia cuando se haya presentado, al menos, la declaración de cosecha de la parcela que se solicita arrancar en la campaña inmediatamente anterior a la solicitud de arranque, salvo causa de fuerza mayor y/o circunstancias excepcionales previstas en la ley.
Para obtener la autorización para realizar una plantación en Castilla-La Mancha, el titular del derecho de replantación deberá presentar una solicitud de conversión de un derecho de plantación en una autorización. En la solicitud deben quedar claramente identificados los derechos que sean aplicar en cada uno de los recintos solicitados a plantar. Cuando no exista correlación, los recintos contiguos recibirán una única autorización cuya validez estará condicionada por el derecho de menor caducidad de los que se aporten.
Esta orden entra en vigor este mismo viernes, al estar próximo el inicio de la campaña vitivinícola, tras considerar la Consejería que, tras la puesta en marcha del nuevo régimen de autorizaciones de plantaciones de viñedo, es necesario mejorar la redacción de determinados aspectos de la orden y efectuar correcciones, de forma que su aplicación se realice con la mayor garantía posible.