Esta medida responde a los objetivos del Plan para la Reducción del Abandono Escolar y pretende favorecer la obtención de una titulación en el menor tiempo posible, así como que el alumnado no abandone el sistema de forma prematura.
Hasta la fecha, era posible simultanear enseñanzas de Idiomas o enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza con las enseñanzas de régimen general.
Ahora se amplía esta posibilidad, contemplándose la simultaneidad entre las siguientes enseñanzas: Bachillerato, ciclos formativos de Formación Profesional, Artes plásticas y Diseño, Educación para Personas Adultas y enseñanzas deportivas.
Un alumno podrá estar matriculado, como máximo, en dos estudios o enseñanzas de las anteriormente citadas, siempre y cuando la suma horaria total de las dos matrículas no supere el 125 por ciento del curso completo con mayor carga horaria.
En cuanto al procedimiento de solicitud y autorización se efectuará mediante una instancia dirigida al director del centro durante los treinta días posteriores al último periodo de matriculación de los estudios objeto de simultaneidad.